Examinando por Materia "patrimonio"
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Publicación Sólo datos Los Perjuicios patrimoniales de las fianzas de seguro en la contratación pública panameña(Universidad Metropolitana de Educación, Ciencia y Tecnología, 2020-10-14) Bonilla, AmilcarEl objetivo de la investigación consiste en demostrar que las garantías de contratos expedidas por las compañías de seguro en Panamá, no representan efectividad en caso de incumplimiento del contrato por parte del deudor principal. El estudio aplica la técnica de la entrevista a treinta abogados, de ministerios y de las entidades autónomas que comprenden el noventa y cinco por ciento de todos los contratos públicos que celebra el Estado. En el informe del Contralor del 1º de noviembre de 2018 al 31 de octubre de 2019, aparecen atendidos en ese período 1,259,728 contratos, convenios y acuerdos por un monto de B/22,182,634,866.00 (pág.48), solo para tener una idea de la cantidad y su monto. Se incluye en el análisis los perjuicios patrimoniales de las fianzas de seguro planteados en el título como variable independiente y la contratación pública panameña como variable dependiente que se complementan en esta investigación. Al aplicar la entrevista se muestran guías por parte del autor y hace un análisis de datos cualitativos al recolectarlos y valorarlos. Como hallazgos de la investigación encontramos que el Estado adelantó 31 millones de dólares a la empresa Hidalgo & Hidalgo, garantizado con una compañía de seguros que no ha honrado su obligación como fiadora. El Artículo 111 de la Ley 61 de 2017 se refiere a la constitución de fianzas: en efectivo, en títulos de créditos del Estado, en fianzas emitidas por compañías de seguros o mediante garantías bancarias o en cheques certificados o de gerencia y llegamos a determinar que más del 90% de las garantías se constituyen con aseguradoras, porque la Contraloría le ha autorizado un formato de tres páginas de concesiones que las libera de su responsabilidad. La garantía bancaria cubre media página donde se identifican las partes, montos, garantía y vigencia hasta que se termine el proceso, obra o servicios, sin más condiciones que la de pagar. Concluimos que las fianzas de Compañías de seguro no han representado ningún beneficio para el Estado panameño y le han ocasionado millones de dólares en pérdidas.Publicación Sólo datos Personería jurídica de las asociaciones sin fines de lucro y sus órganos regionales(Universidad Metropolitana de Educación, Ciencia y Tecnología, 2017-06-12) Osellame R., GinoLas asociaciones son el producto de la reunión de un grupo de personas, que mediante esta conjunción fáctica, persiguen alcanzar u optimizar objetivos determinados, comunes o afines entre éstas, que distan o carecen del animus lucrandi. Considerando que los objetivos de las asociaciones, constituyen la suma del ideario sobre algún punto específico de los elementos propios de una sociedad determinada, es comprensible, que dichos objetivos se difuminen dinámicamente, y no queden estancados exclusivamente en un círculo minúsculo de personas, sino que vayan captando cada vez más adeptos, en distintos puntos de una región o un país. Esta extensión que si bien pudo no ser focalizada primigeniamente, trae como consecuencia, que el ámbito de aplicación de los estatutos de la asociación, sea también ampliado, no en derecho pero si en interpretaciones disímiles a las originales. La consecuencia más notable de una extensión regional, sea del tipo administrativa, operativa o meramente nominal, dentro del modelo de conglomerado que se trata en este ensayo, es que quienes lideran la actividad regional, pretendan ejercer autónomamente o con cierto grado de independencia sus funciones, sin tomar en cuenta, que todos los actos que realicen en el ejercicio del cargo que se ostente, surten una carga de responsabilidades, que pueden beneficiar a la asociación, pero otras tantas, no; lo cual, pone en riesgo el patrimonio de la asociación como persona jurídica.