AAM. Núm. 12 (2019)

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  • PublicaciónAcceso abierto
    Metodología de la investigación aplicada al derecho penal y las ciencias forenses
    (Universidad UMECIT, 2020-10) Herrera Jara, Leidy Esmeralda
    Es imperativo que tanto estudiantes como investigadores profundicen en el tema de la investigación: cómo investigar, qué investigar y de qué manera hacerlo, inculcar el espíritu científico que debe ser la esencia de la formación superior. La importancia del conocimiento y aplicación de los métodos y técnicas de investigación en el campo del derecho y las ciencias forenses radican en la adquisición de las herramientas necesarias para el desempeño eficiente del ejercicio profesional. Esto quiere decir que no sólo van a ser útiles estas herramientas para acreditar una materia u obtener un grado académico, sino que al aprenderlas durante la formación académica se van a poner en práctica también como postulante o litigante, como operador judicial, como asesor jurídico en los Congresos legislativos o en la administración pública o privada y, sin duda, como docente e investigador. La investigación es un procedimiento válido y recomendado para todos los campos de estudio, sean humanísticos o científicos. Puede ser efectuada durante el período de clases o en periodos aparte según las circunstancias y posibilidades del ámbito académico. El Investigar conlleva al desarrollo de una actividad especial, sistemática, controlada, empírica y crítica, orientada por conceptos y categorías, ordenada por una estrategia de procedimientos y destinada a producir conocimiento científico sobre un aspecto o área de la realidad o a resolver problemas prácticos de ella.
  • PublicaciónAcceso abierto
    Abordaje criminalístico y penal de los hechos de tránsito
    (Universidad UMECIT, 2020-10) Gutiérrez Robayo, Orlando
    Distintos episodios de siniestralidad vial (hechos de tránsito) a los que se suma decisiones judiciales a favor de la libertad de conductores imputados de delitos cometidos con ocasión de la conducción de un automotor son, en gran medida, los factores que obran de disparador de normatividad. Lo que se pretende es suministrar alguna solución a todos los conflictos sociales, o cuanto menos, a los que se considera más importantes, aunque en la realidad no lo sean. De este modo, el derecho penal -otrora entendido como de mínima intervención-, avanza hacia una penalización indiscriminada de conductas que, en muchos casos, ni siquiera ponen en riesgo un determinado bien jurídico. Ante la ocurrencia de un hecho criminal (o no criminal, pero que la sociedad reclama que lo sea) de gran impacto social, observamos una inmediata reacción de la política pregonando a los cuatro vientos la reforma penal para solucionar rápidamente el conflicto, ya sea modificando y creando nuevas normas como agravantes punitivos, particularmente sometidos a una severa penalidad o bien endureciendo las penas de tipos penales ya existentes, pretendiendo con ello brindar soluciones por lo general meramente simbólicas o formales, más orientadas a calmar la voracidad popular que a dar una real solución al conflicto social.
  • PublicaciónAcceso abierto
    Breves consideraciones sobre el derecho bancario
    (Universidad UMECIT, 2020-10) Gutiérrez Quintero, Migdalia
    El derecho bancario como fuente del conocimiento jurídico especializado en un ámbito que incluye un estudio multidisciplinario, técnico y complejo, es una rama poco explorada por la literatura en especial por la literatura jurídica panameña. Esta rama del derecho viene a suponer una especialidad jurídica que evidentemente tiene su desarrollo sobre la actividad de una empresa, el banco, pero que, por otro lado, tiene a su sujeto de protección, el cual lo hace conforme a criterio de la autora una rama del derecho eminentemente pública, en la persona entendida como consumidor bancario. Así, ante la captación de fondos del del público y ante la clara importancia que reviste en todo el sistema financiero, el derecho bancario tiende a enmarcar todo este ámbito de estudio y a encontrar las mejores fuentes de regulación del sector que per se es ampliamente regulado, en el caso panameño, a través de la Superintendencia de Bancos de Panamá.
  • PublicaciónAcceso abierto
    Análisis práctico del “Insider Trading” en la legislación penal de Panamá
    (Universidad UMECIT, 2020-10) Miranda Guerra, Javier Alexis; Rivera Cano, Ogami
    El presente artículo tiene como propósito, introducir una figura penal sobre la cual la doctrina es escasa respecto de las experiencias nacionales e inclusive en otras latitudes de nuestra área continental, siendo probablemente, la experiencia en Estados Unidos una de las más enriquecedoras, desde un enfoque académico, sin embargo, es una figura existente en nuestro Código Penal, técnica e interesante, donde para su configuración y prueba, se conjugan perfectamente lo jurídico con las ciencias forenses. No obstante, es necesario con antelación adentrarse en el sistema en el cual ocurre, siendo este el sistema financiero, y además, el mercado específico, es decir, el mercado de valores, el cual cada vez tiene un impacto positivo mayor en la economía del país y que representa un medio alternativo para el desarrollo financiero de los inversionistas, quienes deben ser tutelados, sumado al mercado en el cual se desarrollan.
  • PublicaciónAcceso abierto
    Los perjuicios patrimoniales de las fianzas de seguro en la contratación pública panameña
    (Universidad UMECIT, 2020-10) Bonilla, Amilcar
    El objetivo de la investigación consiste en demostrar que las garantías de contratos expedidas por las compañías de seguro en Panamá, no representan efectividad en caso de incumplimiento del contrato por parte del deudor principal. El estudio aplica la técnica de la entrevista a treinta abogados, de ministerios y de las entidades autónomas que comprenden el noventa y cinco por ciento de todos los contratos públicos que celebra el Estado. En el informe del Contralor del 1º de noviembre de 2018 al 31 de octubre de 2019, aparecen atendidos en ese período 1,259,728 contratos, convenios y acuerdos por un monto de B/22,182,634,866.00 (pág.48), solo para tener una idea de la cantidad y su monto. Se incluye en el análisis los perjuicios patrimoniales de las fianzas de seguro planteados en el título como variable independiente y la contratación pública panameña como variable dependiente que se complementan en esta investigación. Al aplicar la entrevista se muestran guías por parte del autor y hace un análisis de datos cualitativos al recolectarlos y valorarlos. Como hallazgos de la investigación encontramos que el Estado adelantó 31 millones de dólares a la empresa Hidalgo & Hidalgo, garantizado con una compañía de seguros que no ha honrado su obligación como fiadora. El Artículo 111 de la Ley 61 de 2017 se refiere a la constitución de fianzas: en efectivo, en títulos de créditos del Estado, en fianzas emitidas por compañías de seguros o mediante garantías bancarias o en cheques certificados o de gerencia y llegamos a determinar que más del 90% de las garantías se constituyen con aseguradoras, porque la Contraloría le ha autorizado un formato de tres páginas de concesiones que las libera de su responsabilidad. La garantía bancaria cubre media página donde se identifican las partes, montos, garantía y vigencia hasta que se termine el proceso, obra o servicios, sin más condiciones que la de pagar. Concluimos que las fianzas de Compañías de seguro no han representado ningún beneficio para el Estado panameño y le han ocasionado millones de dólares en pérdidas.